El 15 de julio de 2024 se ha publicado en el DOUE la DIRECTIVA (UE) 2024/1785 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 24 de abril de 2024 por la que se modifican la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación) y la Directiva 1999/31/CE del Consejo relativa al vertido de residuos
Una de las modificaciones que se introducen en dicha directiva es la inclusión de ciertas las actividades extractivas en el ámbito de aplicación (Anexo I). Así inserta en el Anexo I el punto 3.6 de acuerdo con el siguiente texto: «3.6.Extracción, incluidas operaciones de tratamiento in situ, tales como trituración, control del tamaño, beneficio y enriquecimiento, de los siguientes minerales a escala industrial: bauxita, cromo, cobalto, cobre, oro, hierro, plomo, litio, manganeso, níquel, paladio, platino, estaño, wolframio y zinc.».
Tras múltiples negociaciones, la mayoría de la Industria Extractiva ha quedado fuera del ámbito de aplicación porque no produce emisiones peligrosas o ya se encuentran plenamente cubiertas por la legislación vigente.